miércoles, 3 de abril de 2019

Reglas y principios

1)Según Dworkin las reglas se aplican "a todo o nada " mientras los principios si bien, tiene una estructura lógica similar gracias a que ambos presentan enunciados condicionales no. Las reglas tienen un conjunto de excepciones que pueden enumerarse en una lista a diferencia de los principios que tienen una dimensión que las reglas no  y las excepciones de los principios que no tendría sentido listar contra ejemplos salvo si se quisiese notar el peso del principio así podemos afirmar que el peso de estos los diferencian de las reglas y los mismos no establecen las condiciones necesarias para su aplicación sino que dan una razón que permite argumentar en cierto sentido sin determinar el contenido de la decisión particular, de acuerdo al peso del principio a la desicion en particular se puede aplicar otro, en cambio la regla en su enunciado expresa su contenido y puede ser valida o invalida.
En particular la toma de decisiones de reglas y principios adquieren carácter diferente en tanto una regla valida señala una dirección dando una respuesta que debe ser aceptada, cuando no podría ser así ante la invalidez de la misma.

Ejemplos: regla: articulo uno de la ley de contratos de seguro en tanto el asegurador se obliga, mediante una prima o cotización, a resarcir un daño o cumplir la prestación convenida si ocurre el evento previsto.
principio: de reserva art. 19 C.N: Las acciones privadas de los hombres que de ningún modo ofendan al orden y a la moral publica, ni perjudiquen a un tercero,  están solo reservados a Dios y exentas de la autoridad de los Magistrados.
2)Si un principio con su peso para la toma de una decisión en particular señala una dirección diferente no prevaleciendo sigue de todos modos formando parte del sistema jurídico, tal es así que en otros casos no figuren o tengan un menor peso, entonces la relevancia de un principio con su peso aplicado a un caso concreto caso concreto debe ser considerada por los funcionarios judiciales.
ej: Ponzetti de Balbin, Indalia contra Editorial Atlantida, S.A. sentencia de la CSJ: en la cual prevaleció con su peso el principio de reserva sobre los principios de libertad de expresión  en tanto la sala F de la cámara nacional de apelaciones en lo civil confirmo la dictada en primera instancia que no se excedió "el marco del legitimo y regular ejercicio de la profesión de periodista"
3)Desprendiéndose de la estructura lógica que que tienen en similitud las reglas y los principios los condicionales nexo entre antecedente y consecuente afirman relaciones entre dos enunciados como conectiva de los mismos siendo este verdadero el enunciado antecedente es condición suficiente para la verdad consecuente y este condicion para la verdad del antecedente.Para Dowrkink las normas responden a enunciados condicionales materiales, mientras los principios deben ser entendidos como enunciados condicionales en tanto unprincipio en su antecedente poseen un conjunto de excepciones implícitas no enumerables en forma taxativa, "condiciones derrotables" que al cumplirse derrotaría al enunciado condicional.
4)El enunciado es verdadero ;ya que la diferencia de unas con otros radica en su esencia ya que un principio se caracteriza por su peso y puede ser dejado de lado para un caso en concreto con la diferencia que las reglas  entre si se pueden discriminar por su jerarquía o por ser posterior o especialidad o la que es apoyada por principios mas importantes pero si las reglas contiene términos como (irrazonable,justo ,injusto,negligente o significativo) funcionan lógicamente como reglas pero sustancialmente como principios manteniendo la lógica de reglas.
Ej: el articulo 1714 del CCYC  en su capitulo sobre responsabilidad civil que en su letra dice.
-Punicion excesiva. Si la aplicación de condenaciones pecuniaria administrativa, penales o civiles respecto de un hecho provoca una punicion irrazonable o excesiva, el juez debe computarla a los fines de fijar prudencialmente su monto.
5)La distinción entre reglas y principios es un aporte fundamental al derecho como ciencia ya que ayuda entender como funciona. La lógica jurídica es la aplicación de la lógica al derecho sistematiza y estructura el contenido de reglas y principios y estudia la forma de los conceptos jurídicos y es de mayor importancia su aplicación ya que la lógica funciona analíticamente en el derecho









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